En el año 2005 se decretó la ley Nº 12665, denominada también “Ley de Talles”. Esta norma obliga a los comercios a “tener en existencia todos los talles correspondientes a las medidas antropométricas de la mujer adolescente, de las prendas y modelos que comercialicen y ofrezcan al público”.
De esta manera, según el mencionado estamento, quienes son dueños de negocios que comercialicen ropa para adolescentes deberían mostrar en las estanterías de sus locales, prendas de vestir desde el talle 38 hasta el 48 en todos los ejemplares.
Esto representa para los talles máximos de un pantalón, entre 60 y
Sin embargo, a dos años de promulgada esta ley todavía existen negocios que no la cumplen. En Tres Arroyos la mayoría de los comercios no respeta la norma. En una reciente recorrida por el radio céntrico local, el equipo de Semana 3A comprobó que más del 60 % de los locales no posee los talles máximos que obliga la normativa. Por si esto fuera poco, el relevamiento arrojó como dato llamativo que dos de los negocios consultados traen prendas grandes "por pedido", según manifestaron sus encargadas. En suma, las cifras son alarmantes.
En épocas en que el registro de los termómetros sube, dicha situación se hace más visible para los adolescentes que salen a comprar ropa. Sobre todo porque es en este período del año en el que la indumentaria deja ver partes del cuerpo ocultas en tiempos de invierno.
Los desordenes alimenticios, la bulimia y anorexia son enfermedades graves y con una importante base psíquica y psicológica. Los adolescentes tresarroyenses que necesiten prendas con talles máximos se encuentran en una evidente situación de riesgo de contraer dichas patologías.
1 comentarios:
Buena idea la de poner sobre el tapete estos temas... Tres Arroyos no escapa en nada a la realidad nacional... Hay que hacerse cargo, pero quienes tienen el poder de exigir que se cumpla la ley no hacen nada al respecto, en esto queda más que a la vista.
Nube
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